º. De acuerdo con el artículo 4º de la Ley 17 de 1908, la Dirección de las obras de Puerto Colombia quedan a cargo de la junta Departamental de Higiene del Atlántico, a la cual se autoriza para la compra del aparato Clayton y de la lancha de gasolina que se necesita para éste; y las obras de Cartagena estarán bajo la Dirección de la Junta Departamental de Bolívar. El Hospital de observación de Tumaco se construirá bajo la Inspección y dirección del Médico de sanidad y de la Junta de Sanidad del Puerto.
Article 2
De Acuerdo Con El Artículo 4º De La Ley 17 De 1908, La Dirección De Las Obras De Puerto Colombia Quedan A Cargo De La Junta Departamental De Higiene Del Atlántico, A La Cual Se Autoriza Para La Compra Del Aparato Clayton Y De La Lancha De Gasolina Que Se Necesita Para Éste; Y Las Obras De Cartagena Estarán Bajo La Dirección De La Junta Departamental De Bolívar
Decreto 956 de 1910 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre sanidad de puertos
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