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Article 2.5.3.2.8.1.4

Asignación De Pares Y Visita De Verificación De Condiciones Institucionales

Decreto 1075 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.

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Text of the article

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Asignación de pares y visita de verificación de condiciones institucionales. Es el acto mediante el cual el Ministerio de Educación Nacional verifica el cumplimiento de las condiciones de carácter institucional que establece el artículo 2° de la Ley 1188 de 2008.

Recibidos los documentos de la etapa de prerradicación de la solicitud en el Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (SACES), o el que haga sus veces, por parte de la institución, el Ministerio de Educación Nacional designará los pares académicos haciendo uso del Banco de Pares, siguiendo el trámite de designación dispuesto en el artículo 2.5.3.2.8.2.4., determinando la fecha de la visita y su agenda. Para ello podrá contar con el apoyo de la Comisión Nacional Intersectorial de la Calidad de la Educación Superior (Conaces).

La visita de verificación de condiciones institucionales se realizará máximo en (30) treinta días calendario, contados a partir de la verificación por parte del Ministerio de Educación Nacional de que la documentación es la suficiente. De la visita efectuada por los pares académicos se dejará evidencia mediante un acta de cierre, que deberá suscribirse al finalizar la misma.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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