°. Criterios para la realización de las elecciones de los representantes de los Grupos Regionales . Para la elección de los representantes de los Grupos Regionales a que se refiere el literal c) del artículo 3° del presente decreto, se tendrán en consideración los siguientes criterios generales: Que el representante haya sido elegido de manera democrática a través de los espacios de participación que para cada área se hayan conformado en cada Departamento o Distrito, y que los participantes en estos espacios de participación lo hayan designado como representante al Grupo Regional; Que las elecciones se efectúen en forma democrática, entre los representantes de los Departamentos y Distritos del Grupo Regional al que correspondan, por cada área artística y cultural; Que no haya reelección con el fin de garantizar la rotación de los miembros del Consejo.
Decreto 3600 de 2004 →In force
Article 4
Criterios Para La Realización De Las Elecciones De Los Representantes De Los Grupos Regionales
Decreto 3600 de 2004 · por el cual se reglamenta la composición y funciones de los Consejos Nacionales de las Artes y la Cultura y se dictan otras disposiciones.
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
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