JurídicoESEN

Article 9

Si El Viajero, Por Fuerza Mayor, No Pudiere Salir Del País Antes De Expirar El Término De La Visa, Elevará Un Memorial Al Director General De La Policía Nacional Exponiendo Los Motivos De La Demora Y Acompañando Las Comprobaciones Del Caso

Decreto 324 de 1943 · Por el cual se establece una "vista de tránsito" en pasaportes extranjeros.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

° Si el viajero, por fuerza mayor, no pudiere salir del país antes de expirar el término de la visa, elevará un memorial al Director General de la Policía Nacional exponiendo los motivos de la demora y acompañando las comprobaciones del caso. Dicho funcionario fijará la prórroga a que pueda haber lugar, y si el caso de fuerza mayor no se hallare suficientemente comprobado, aplicará las sanciones previstas en el artículo 13 del presente Decreto.

Parágrafo

En tales casos, la compañía transportadora que haya expedido el pasaje o el certificado de que trata el ordinal d) de artículo 3° del presente Decreto, queda obligada a suministrar los medios para que el individuo a quien haya suministrado dichos pasajes o certificados pueda salir del país, a la mayor brevedad posible.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 324 de 1943