º El Departamento Administrativo del Servicio Civil procesará los datos remitidos por las diferentes entidades, producirá los listados de los empleados cuyos cargos serán objeto de supresión y efectuará los cruces correspondientes con los cargos vacantes, de tal manera que la Comisión creada por el artículo 109 del Decreto 77 de 1987, proceda a remitir la información a los organismos según el orden que se establece en el presente Decreto. Una vez recibida la información procesada por el Departamento Administrativo del Servicio Civil, la Comisión la remitirá a las entidades que deben hacer las incorporaciones iniciando el trámite con la entidad donde venía el funcionario prestando sus servicios si no ha sido suprimida y así sucesivamente hasta culminar con los demás organismos de la administración pública.
Article 6
º El Departamento Administrativo Del Servicio Civil Procesará Los Datos Remitidos Por Las Diferentes Entidades, Producirá Los Listados De Los Empleados Cuyos Cargos Serán Objeto De Supresión Y Efectuará Los Cruces Correspondientes Con Los Cargos Vacantes, De Tal Manera Que La Comisión Creada Por El Artículo 109 Del Decreto 77 De 1987, Proceda A Remitir La Información A Los Organismos Según El Orden Que Se Establece En El Presente Decreto
Decreto 503 de 1988 · Por el cual se complementan las disposiciones del Decreto 1024 de 1987, reglamentario del proceso de incorporación de empleados oficiales previstos en el Decreto 77 del mismo año
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.