En los casos de falta temporal o absoluta de algún funcionario del Nivel Central o de un Administrador de Impuestos Nacionales, el Subdirector General, podrá asignar funciones por un término no mayor de sesenta (60) días, a cualquier funcionario de la Dirección General mientras se provea el cargo o regresa el titular al ejercicio del mismo, de acuerdo a las normas legales sobre la materia. El funcionario con funciones asignadas continuará devengando el sueldo del cargo del cual es titular.
Article 5
En Los Casos De Falta Temporal O Absoluta De Algún Funcionario Del Nivel Central O De Un Administrador De Impuestos Nacionales, El Subdirector General, Podrá Asignar Funciones Por Un Término No Mayor De Sesenta (60) Días, A Cualquier Funcionario De La Dirección General Mientras Se Provea El Cargo O Regresa El Titular Al Ejercicio Del Mismo, De Acuerdo A Las Normas Legales Sobre La Materia
Decreto 74 de 1976 · Por el cual se modifica la estructura de la dirección general de impuestos nacionales del ministerio de hacienda y crédito público, se suprimen unos cargos y se redistribuyen funciones
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