Modifíquese el artículo 2º de la Ley 2226 de 2022, el cual quedará así:
“ Artículo 2°. La emisión de la estampilla cuya creación se autoriza será por la suma de hasta trescientos mil millones de pesos ($300.000.000.000) moneda legal, a precios constantes del año de la entrada en vigor de la presente ley”.