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Article 2

El Alumno Becado Que En Los Exámenes Del Segundo Año Obtenga En Sus Calificaciones Un Término Medio De Ocho (8), Que Equivale A Muy Bueno, Quedará Con Derecho A Ingresar Al Primer Año Del Curso Superior De La Escuela, O Sea Al Curso De Estado Mayor, Si, Por Otra Parte Reúne Los Requisitos Reglamentarios Que Para Ello Se Requieren

Decreto 138 de 1917 · Por el cual se reglamenta el artículo 19 de la Ley 26 del año próximo pasado

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01

Text of the article

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°. El alumno becado que en los exámenes del segundo año obtenga en sus calificaciones un término medio de ocho (8), que equivale a muy bueno, quedará con derecho a ingresar al primer año del Curso Superior de la Escuela, o sea al Curso de Estado Mayor, si, por otra parte reúne los requisitos reglamentarios que para ello se requieren.

Parágrafo

Para el cómputo de que tratan estos artículos se tomaran en cuenta únicamente las calificaciones obtenidas en las materias de enseñanza.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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