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Article 2

Ley 204 de 1959 · Por la cual se decreta la cooperación de la Nación en las obras de las Diócesis de Bucaramanga

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01

Text of the article

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La cooperación de que trata el artículo anterior será de un millón Doscientos mil pesos ($ 1.200.000.00), que se pagara por el tesoro Nacional en cuotas de cuatrocientos mil pesos ($ 400.000.00) anuales, a Partir de la vigencia de 1960.

Parágrafo

Si en los proyectos de presupuesto que elabora el gobierno y Presenta al congreso nacional para su estudio, en la vigencia fiscal del Año siguiente no se apropiare las cantidades mencionadas en este artículo, queda el gobierno autorizado para hacer dentro el presupuesto de la Respectiva vigencia los contra créditos y traslaciones que fueren Necesarios, a objeto de darle cumplimiento a este mandato del congreso en Las vigencias de 1960, 1061 y 1962.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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