Autorízase a la Asamblea Departamental del Valle del Cauca, para ordenar la puesta en circulación de una estampilla de correo alusiva a este acontecimiento, que llevará la efigie del Cacique Jamundí y del Fundador don Juan de Ampudia.
Lo producido por la emisión de la estampilla prevista en el presente artículo se manejará en cuenta especial en la Tesorería Municipal de Jamundí, con destino exclusivo a financiar parte de las obras aquí previstas, de acuerdo con la prelación que establezca el Gobierno Municipal y la Junta Promotora del Aniversario.