º. Los sueldos básicos mensuales para el personal de empleados públicos del Ministerio de Defensa, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional serán los siguientes: Especialista Asesor Primero 478.764 Especialista Asesor Segundo 457.961 Especialista Jefe 418.779 Especialista Primero 332.322 Especialista Segundo 324.406 Especialista Tercero 296.440 Especialista Cuarto 274.067 Especialista Quinto 255.895 Especialista Sexto 227.929 Adjunto Jefe 216.743 Adjunto Intendente 213.946 Adjunto Mayor 209.745 Adjunto Especial 206.949 Adjunto Primero 202.760 Adjunto Segundo 201.356 Adjunto Tercero 197.167 Auxiliar Primero 187.373 Auxiliar Segundo 180.387
Article 9
º
Decreto 122 de 1997 · por el cual se fijan los sueldos básicos para el personal de oficiales y suboficiales de las Fuerzas Militares, Oficiales, Suboficiales y Agentes de la Policía Nacional, personal del Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional y Empleados Públicos del Ministerio de Defensa, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, se establecen bonificaciones para Alféreces, Guardiamarinas, Pilotines, Grumetes y Soldados, se modifican las comisiones y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
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