A partir del 1° de enero de 2014, los citadores que presten los servicios en la Procuraduría General de la Nación tendrán derecho a un auxilio especial de transporte, de conformidad con lo establecido en el artículo 32 del Decreto número 717 de 1978, así
Para ciudades de más de un millón de habitantes, la suma de sesenta y cuatro mil ciento treinta y dos pesos ($64.132) moneda corriente mensuales;
Para ciudades entre seiscientos mil y un millón de habitantes, la suma de cuarenta mil cuatrocientos veintiséis pesos ($40.426) moneda corriente mensuales;
Para ciudades entre trescientos mil y menos de seiscientos mil habitantes, la suma de veinticinco mil seiscientos ochenta y un pesos ($25.681) moneda corriente mensuales.