En el caso de préstamos destinados a financiar el montaje de fábricas u otros proyectos de interés económico o social, podrá registrarse el total de la deuda aunque parte de las divisas se emplee para la adquisición de bienes o servicios en el Exterior o para pagos en moneda extranjera en el país. El registro dará derecho a girar al Exterior las cantidades necesarias para servir el préstamo. Estos giros sustituyen a los que podrían hacerse por concepto de importación de bienes y servicios, comprendidos en el proyecto y financiados con el préstamo. Los giros correspondientes al valor de las mercancías importadas se harán a la tasa del mercado de Certificados de Cambio, y el resto a la tasa del mercado de capitales,
Decreto 444 de 1967 →In force
Article 131
Decreto 444 de 1967 · Sobre régimen de cambios internacionales y de comercio exterior
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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