Art. 1.° Desde el dia en que termine el plazo que fija el artículo 491 del Código fiscal para avisar al público las variaciones de precio de la sal, la que se esplota en las salinas de Cumaral i Upin se venderá en la Administracion a cincuenta centavos los doce i medio kilogramos, i en el almacen de Villavicencio al precio que resulte recargando el de administracion con los gastos de trasporte de la sal a dicho lugar.
Article 1
Del Código Fiscal Para Avisar Al Público Las Variaciones De Precio De La Sal, La Que Se Esplota En Las Salinas De Cumaral I Upin Se Venderá En La Administracion A Cincuenta Centavos Los Doce I Medio Kilogramos, I En El Almacen De Villavicencio Al Precio Que Resulte Recargando El De Administracion Con Los Gastos De Trasporte De La Sal A Dicho Lugar
Decreto 113 de 1878 · Por el cual se reduce el precio de la sal que se esplota en las salinas de Cumaral i Upín, i del agua salada que se espende en la de Gachetá
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