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Article 1

Ley 57 de 1966 · Por la cual se decretan unas obras públicas y se impulsa el desarrollo y progreso del Municipio Agustín Codazzi, en el Departamento del Magdalena

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Decrétase la construcción de las siguientes carreteras, las cuales quedarán incorporadas al Plan Vial Nacional, para el Departamento del Magdalena, de que trata la Ley 12 de 1949 o en el que en lo sucesivo se adopte:

a)

Carreteras Codazzi - Cordillera, Codazzi - Puerto Lajas - El Paso.

b)

Carretera Casacará - Puerto Lajas.

c)

Carretera Becerril - Cordillera -, Becerril - La Loma, hasta empalmar con la Carretera Troncal Oriental y el Ferrocarril del Atlántico.

Parágrafo

Para la Construcción de las Carreteras anteriores, se destina la suma de tres millones de pesos, ($ 3.000.000.00), la que se incluirá en los Presupuestos Nacionales a partir de 1963, por partidas anuales de un millón de pesos ($ 1.000.000.00). En caso de que así no sucediere, se autoriza al Gobierno Nacional para efectuar los traslados o abrir los créditos que fueren necesarios para el cumplimiento de esta Ley.

02

Constitutional history

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