Sorgo . Las importaciones de mercancías originarias de Estados Unidos de América clasificadas por la línea arancelaria 1007900000 , quedarán libres de arancel en cualquier año calendario especificado siempre que no excedan el contingente establecido para cada uno de dichos años. Toneladas Métricas Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Año 6 21.000 22.050 23.153 24.310 25.526 26.802 Año 7 Año 8 Año 9 Año 10 Año 11 Año 12 28.142 29.549 31.027 32.578 34.207 Ilimitado Las cantidades ingresarán sobre una base de primero en llegar/primer servido. Los aranceles aduaneros sobre las importaciones de Sorgo originario de Estados Unidos de América y comprendido en la subpartida arancelaria 1007900000, que excedan el contingente establecido en este artículo, deberán ser eliminados en 12 etapas anuales iguales comenzando en la fecha en que este Acuerdo entre en vigor, y dichas mercancías deberán quedar libres de aranceles el 1° de enero del año 12, así: Tasa Base Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Año 6 25% 22,9% 20,8% 18,8% 16,7% 14,6% 12,5% Año 7 Año 8 Año 9 Año 10 Año 11 Año 12 10,4% 8,3% 6,3% 4,2% 2,1% 0,0%
Decreto 730 de 2012 →In force
Article 41
Sorgo
Decreto 730 de 2012 · por el cual se da cumplimiento a los compromisos adquiridos por Colombia en virtud del Acuerdo de Promoción Comercial entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América
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01
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02
Constitutional history
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