º Amplíanse los plazos contemplados en el artículo 13 del Decreto 3834 de 1985, en lo relativo al pago y presentación del certificado de pago bimestral del impuesto sobre las ventas, correspondiente al período noviembre - diciembre de 1986, hasta las fechas que se indican a continuación
Las personas naturales y sucesiones ilíquidas atendiendo a la primera letra de su primer apellido, así: SI LA PRIMERA LETRA ES HASTA EL DÍA A-B-C-CH 16 de febrero de 1987 D-E-F-G-H-I-J-K-L-LL 18 de febrero de 1987 M-N-Ñ-O-P-Q-R 20 de febrero de 1987 S-T-U-V-W-X-Y-Z 24 de febrero de 1987
Las personas jurídicas y sociedades de hecho, tendrán plazo hasta el 26 de febrero de 1987. Cuando los responsables del impuesto a las ventas a que se refieren los literales anteriores, efectúen el pago en los bancos autorizados, dicho plazo se extenderá hasta el 27 de febrero de 1987.