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Article 3.4.1.1.12

Reglamento

Decreto 2555 de 2010 · por el cual se recogen y reexpiden las normas en materia del sector financiero, asegurador y del mercado de valores y se dictan otras disposiciones.

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01

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Reglamento . Los fondos bursátiles deberán tener un reglamento que contenga, por lo menos, lo siguiente

1.

Aspectos generales

a)

Nombre completo, número de identificación y domicilio principal de la Sociedad Administradora del fondo bursátil;

b)

El nombre del fondo, indicando que se trata de un fondo bursátil;

c)

El índice objeto de réplica por el fondo bursátil;

d)

Término de duración del fondo bursátil;

e)

Sede principal donde se gestiona el fondo bursátil;

f)

Naturaleza del patrimonio independiente y separado conformado por los activos entregados o transferidos a la Sociedad Administradora del fondo bursátil por parte del inversionista;

g)

Indicación sobre la existencia de mecanismos que puedan proveer información para la toma de la decisión de inversión en el fondo bursátil;

h)

Monto mínimo de suscriptores y de aportes requerido por el fondo bursátil para iniciar operaciones.

2.

Definición de la política de inversión y los factores de riesgo del fondo bursátil.

3.

Mecanismos de seguimiento y control del fondo bursátil, incluyendo información relacionada con los órganos de administración, asesoría y control establecidos en la presente Parte.

4.

Constitución y redención de unidades de creación

a)

Procedimiento para la constitución y redención de unidades de creación, incluyendo los activos y número de participaciones que conforman la unidad de creación, la permanencia en el fondo bursátil y el plazo para la redención de unidades de creación;

b)

Porcentaje máximo de participación que un solo inversionista, por sí o por interpuesta persona, podrá poseer en el fondo bursátil;

c)

Naturaleza y características de los valores que representan las participaciones;

d)

La bolsa o bolsas de valores, o sistemas de negociación de valores en los cuales se inscribirán las participaciones;

e)

Metodología o procedimiento técnico mediante el cual se establecerá las unidades de creación y las participaciones;

f)

Descripción de los casos en los cuales los inversionistas pueden realizar la constitución y la redención de las unidades de creación en dinero.

5.

Relación pormenorizada y precisa de los gastos a cargo del fondo bursátil, y la forma en que se cubrirán. Dentro de la descripción del gasto por la remuneración de la administración que percibirá la Sociedad Administradora del fondo bursátil y el gestor profesional, cuando a ello haya lugar, deberá establecerse en forma clara y completa la metodología de cálculo y la forma de pago. Así mismo, deberán relacionarse los criterios objetivos que la Sociedad Administradora del fondo bursátil aplicará para la escogencia y remuneración de intermediarios para la realización de operaciones del fondo bursátil, cuando resulte aplicable.

6.

Tratamiento de los eventos corporativos que afecten los valores y su impacto en las unidades de creación, así como la forma en que se ejercerán los derechos políticos derivados de los mismos.

7.

Facultades, derechos y obligaciones de la Sociedad Administradora del fondo bursátil y de los inversionistas.

8.

Reglas aplicables a la asamblea de inversionistas, incluyendo los procedimientos para su convocatoria y las decisiones que podrá tomar.

9.

Mecanismos de revelación de información del fondo bursátil, señalando los medios para su publicación.

10.

Causales y procedimiento de liquidación del fondo bursátil.

11.

El procedimiento para modificar el reglamento, teniendo en cuenta que las modificaciones deberán ser informadas previamente a la Superintendencia Financiera de Colombia, o aprobadas por esta en el evento que se presente modificación o afectación a los derechos económicos de los inversionistas.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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