°. Los empleados públicos que actualmente prestan sus servicios en el Instituto para la Seguridad Social y Bienestar de la Policía Nacional, Inssponal, se incorporarán a la planta de personal de la Policía Nacional conforme a lo establecido en el artículo 54 de la Ley 352 de 1997. Los empleados públicos del Instituto para la Seguridad Social y Bienestar de la Policía Nacional continuarán percibiendo la misma remuneración hasta tanto sean incorporados y tomen posesión en la planta de personal de la Policía Nacional.
Article 3
Los Empleados Públicos Que Actualmente Prestan Sus Servicios En El Instituto Para La Seguridad Social Y Bienestar De La Policía Nacional, Inssponal, Se Incorporarán A La Planta De Personal De La Policía Nacional Conforme A Lo Establecido En El Artículo 54 De La Ley 352 De 1997
Decreto 117 de 1998 · por el cual se aprueba el Acuerdo número 032 del 15 de diciembre de 1997 de la Junta Liquidadora del Instituto para la Seguridad Social y Bienestar de la Policía Nacional, Inssponal.
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