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Article 2.2.4.6.38

Constitución Del Plan Nacional De Seguridad Y Salud En El Tra­bajo

Decreto 1072 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo

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Constitución del Plan Nacional de Seguridad y Salud en el Tra­bajo. Las actividades de Seguridad y Salud en el Trabajo que realicen todas las entidades, tanto públicas como privadas, deberán ser contempladas dentro del Plan Nacional de Se­guridad y Salud en el Trabajo.

Para la organización y administración del Plan Nacional se determinan los siguientes niveles:

1.

Nivel Nacional normativo y de dirección: Constituido por los Ministerios del Traba­jo y Salud y Protección Social.

2.

Nivel Nacional de Coordinación: Comité Nacional de Salud Ocupacional.

3.

Nivel Nacional de ejecución gubernamental: Constituido por dependencias de los Ministerios, Institutos Descentralizados y demás entidades del orden nacional.

4.

Nivel Seccional y Local de ejecución gubernamental constituido por las dependen­cias seccionales, departamentales y locales.

5.

Nivel privado de ejecución: Constituido por los empleadores, servicios privados de Salud Ocupacional y los trabajadores.

Parágrafo

Las entidades y empresas públicas se considerarán incluidas en el nivel privado de ejecución respecto de sus propios trabajadores.

(Decreto número 614 de 1984, artículo 10)

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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