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Article 8

Contra Las Providencias Del Jefe De Rentas E Impuestos Nacionales Por Medio De Las Cuales Se Liquiden Adicionalmente Impuestos De Renta Y Complementarios, En Uso De La Facultad De Revisión Otorgada Por El Artículo 15 De La Ley 81 De 1931, Procede El Recurso De Reposición Ante El Mismo Funcionario

Decreto 341 de 1957 · Por el cual se dictan algunas disposiciones en materia de impuestos nacionales

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°. Contra las providencias del Jefe de Rentas e Impuestos Nacionales por medio de las cuales se liquiden adicionalmente impuestos de renta y complementarios, en uso de la facultad de revisión otorgada por el artículo 15 de la Ley 81 de 1931, procede el recurso de reposición ante el mismo funcionario. También podrá interponerse el recurso de reposición contra los fallos de las revisiones autorizadas por el artículo 12 del Decreto legislativo número 270 de 1953. Los recursos de reposición previstos en este artículo podrán interponerse dentro de los diez días siguientes a la notificación de la respectiva providencia.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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