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Article 17

Todos Aquellos Juicios Con Alcances Ejecutoriados Que Cursen En El Juzgado Nacional De Ejecuciones Fiscales Y Que En Concepto Del Juez O De La Comisión Especial De Revisión Que Nombrará Para Tal Efecto La Contraloría General De La República Y Que Se Refieran A Cargos Por Incumplimiento De Disposiciones Legales O Reglamentarias Adjetivas, Pero Que En El Fondo No Impliquen Menoscabo De Los Intereses Nacionales, Serán Devueltos A La Contraloría Para Su Revisión

Decreto 3219 de 1953 · por el cual se dictan normas sobre el ejercicio de la jurisdicción coactiva

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01

Text of the article

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Todos aquellos juicios con alcances ejecutoriados que cursen en el Juzgado Nacional de Ejecuciones Fiscales y que en concepto del Juez o de la Comisión Especial de Revisión que nombrará para tal efecto la Contraloría General de la República y que se refieran a cargos por incumplimiento de disposiciones legales o reglamentarias adjetivas, pero que en el fondo no impliquen menoscabo de los intereses nacionales, serán devueltos a la Contraloría para su revisión. Los alcances que reúnan las condiciones anotadas, serán eliminados.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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