Son funciones de la División de Inspección: a). Programar, para aprobación del Superintendente, las visitas a las dependencias adscritas al control y vigilancia de la Superintendencia Bancaria y velar por su cumplimiento y desarrollo; b). Organizar y desarrollar los sistemas técnicos de las visitas, con el objeto de que ellas permitan apreciar el cumplimiento de las normas legales y el estado financiero de la entidad vigilada; c). Impartir instrucciones a los visitadores y velar por el desarrollo eficaz de las labores asignadas a cada comisión; y d). Las demás que le señale el Superintendente. Sección de Visitadores.
Decreto 125 de 1976 →In force
Article 45
Decreto 125 de 1976 · Por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia Bancaria, se suprimen unos cargos y se redistribuyen funciones
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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