º. A más tardar el treinta y uno (31) de enero de mil novecientos noventa y cinco (1995), los exportadores de banano deberán presentar al Ministerio de Agricultura un listado completo que indique la participación individual de los productores en sus exportaciones totales, realizadas durante el segundo semestre de mil novecientos noventa y cuatro (1994); igual información deberán presentar con respecto a las exportaciones del primer trimestre de mil novecientos noventa y cinco (1995), a más tardar el treinta (30) de abril de dicho año. El Ministerio de Agricultura verificará el grado en el cual la participación de los productores se hubiere mantenido entre un período y otro, en especial para aquellos productores que no participan o que tienen una participación mínima en el capital de la sociedad exportadora.
Decreto 2655 de 1994 →In force
Article 5
º
Decreto 2655 de 1994 · por el cual se regulan las exportaciones de banano a la Unión Europea durante el primer trimestre de 1995
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.