JurídicoESEN

Article 21

Decreto 1133 de 1999 · por el cual se reestructura el Ministerio de Hacienda y Crédito Público

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Oficina de Bonos Pensionales. La Oficina de Bonos Pensionales hace parte del Dirección General de Regulación Económica de la Seguridad Social y le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones

1.

Administrar la expedición y pago de bonos pensionales de la Nación y sus entidades descentralizadas.

2.

Desarrollar las actividades relacionadas con el reconocimiento, liquidación y emisión de bonos pensionales y cuotas partes de bonos pensionales a cargo de la Nación.

3.

Repetir contra las demás entidades pagadoras de pensiones a los cuales hubiere estado afiliado o empleado el beneficiario del bono pensional por las cuotas partes que a ellas correspondan.

4.

Recibir las solicitudes presentadas por el Instituto de Seguros Sociales, las administradoras de fondos de pensiones por las aseguradoras para el reconocimiento de garantía de pensión mínima, verificar el cumplimiento de los requisitos legales para el otorgamiento del citado beneficio y reconocer la garantía de pensión mínima de los afiliados al régimen de ahorro individual.

5.

Atender las reclamaciones de asuntos de su competencia que sean presentadas por el Instituto de Seguros Sociales, las administradoras de fondos de pensiones y las aseguradoras.

6.

Presentar a la Dirección General del Tesoro Nacional el soporte para la adquisición anticipada de bonos pensionales y el pago a su vencimiento a través de los recursos del Fondo de Reservas para bonos pensionales.

7.

Promover la contratación de la auditoría externa para los procesos de emisión de bonos por cajas, fondos o entidades del orden nacional y hacer un seguimiento a dicha auditoría.

8.

Elaborar un sistema estadístico sobre los asuntos de su competencia bonos emitidos y cancelados y garantías de pensión mínima entre otras.

9.

Realizar en coordinación con la Dirección General del Tesoro Nacional las proyecciones, análisis y evaluaciones de la situación financiera del Fondo de Reservas para bonos pensionales.

10.

Dirimir las controversias de carácter técnico que se susciten entre emisores contribuyentes y administradores de bonos pensionales en los términos establecidos en las normas vigentes, y

11.

Las demás que se le asignen de acuerdo a su naturaleza.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1133 de 1999