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Article 1

Ley 16 de 1991 · por la cual se estimula la financiación democrática de los clubes con deportistas profesionales y se otorgan incentivos económicos a los mismos.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

A partir de la vigencia de la presente Ley, los clubes integrados con deportistas profesionales, quedan obligados a ofrecer a los aficionados un bono que ellos libremente pueden adquirir. Una vez adquirido, el bono se aplicará para comprar uno o varios derechos del club, dependiendo el valor unitario de éstos, que de ser superior al de aquél, se pagará con la suma de bonos o de fracciones que se requieran.

Parágrafo 1

Los bonos creados en este artículo sólo se pondrán en venta el público, en los partidos de campeonatos profesionales y en ningún caso podrán ir adheridos a la boleta de ingreso al escenario deportivo.

Parágrafo 2

Los clubes no podrán obligar al aficionado a que adquiera los bonos mediante la compra de boletería para los espectáculos deportivos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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