Mientras subsista la perturbación del orden publico no podrán transmitirse por las estaciones de radiodifusión y por los canales de televisión informaciones, declaraciones, comunicados o comentarios relativos al orden publico, al cese de actividades o a paros o huelgas ilegales o noticias que inciten al delito o hagan su apología. El Ministerio de Comunicaciones mediante resolución motivada, contra la cual solo procede el recurso de reposición sancionará las infracciones a que se refiere este articulo, de conformidad con las normas pertinentes de la Ley 74 de 1966 y el Decreto 2085 de 1975.
Article 13
Mientras Subsista La Perturbación Del Orden Publico No Podrán Transmitirse Por Las Estaciones De Radiodifusión Y Por Los Canales De Televisión Informaciones, Declaraciones, Comunicados O Comentarios Relativos Al Orden Publico, Al Cese De Actividades O A Paros O Huelgas Ilegales O Noticias Que Inciten Al Delito O Hagan Su Apología
Decreto 1923 de 1978 · Por el cual se dictan normas para la protección de la vida, honra y bienes de las personas y se garantiza la seguridad de los asociados
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