Contratación del personal de la Unidad Técnica. El Coordinador Regional seleccionará el personal de la unidad técnica, de acuerdo con las pautas y orientaciones trazadas por el Consejo Regional, dando prioridad a las personas oriundas de la región, y solicitará a la entidad fiduciaria su contratación. La terminación de las relaciones contractuales se hará también a solicitud del Coordinador Regional. Corresponde al Consejo Regional señalar la modalidad y las condiciones económicas para la vinculación contractual, así como el régimen de viáticos y gastos de viaje que serán aplicables en cada caso.
Decreto 1113 de 1992 →In force
Article 15
Contratación Del Personal De La Unidad Técnica
Decreto 1113 de 1992 · por el cual se reglamenta la Ley 76 de 1985 y los Decretos 3083, 3085 y 3086 de 1986, en lo relativo a la ejecución de recursos de los Fondos de Inversiones para el Desarrollo Regional.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.