ARTICULO 36. Durante el sumario el Juez de Instrucción correspondiente decidirá sobre la apertura de la investigación, la vinculación del sindicado, su detención o libertad, el embargo y secuestro de bienes y cualquier otro incidente que se promueva con relación a éstos, el cierre de la investigación, la práctica o negativa de pruebas y la calificación del mérito del mismo.
Article 36
Durante El Sumario El Juez De Instrucción Correspondiente Decidirá Sobre La Apertura De La Investigación, La Vinculación Del Sindicado, Su Detención O Libertad, El Embargo Y Secuestro De Bienes Y Cualquier Otro Incidente Que Se Promueva Con Relación A Éstos, El Cierre De La Investigación, La Práctica O Negativa De Pruebas Y La Calificación Del Mérito Del Mismo
Decreto 2790 de 1990 · “por el cual se dicta el Estatuto para la Defensa de la Justicia, integrando en una sola jurisdicción los Jueces de Orden Público y los Especializados, creando mecanismos jurídicos para su protección y la de los demás intervinientes en los procesos penales de su competencia, organizando la Subdirección Nacional y las Direcciones Seccionales de Orden Público para darles el apoyo operativo y necesario para el cumplimiento de sus funciones y robusteciendo los organismos auxiliares de la justicia”.
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