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Article 4

Del Diseño De Los Servicios

Decreto 2753 de 1997 · por el cual se dictan normas para el funcionamiento de los prestadores de servicios de salud en el Sistema General de Seguridad Social en Salud.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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º. Del diseño de los servicios. Los prestadores de servicios de salud deban tener en cuenta en el diseño de sus servicios la diversidad étnica y cultural de la población, y pueden incorporar los diversos procedimientos, diagnósticos y terapéuticos de medicina alopática y alternativa. Los procedimientos de las terapias alternativas sólo pueden ser ejercidos por personal médico. Los prestadores de servicios de salud concertarán con las comunidades indígenas la prestación de los servicios, teniendo en cuenta el respeto por sus tradiciones. Los prestadores de servicios de salud deben considerar en el diseño médico arquitectónico, las necesidades específicas de la población a la cual están dirigidos sus servicios, en particular aquellas que tiendan a facilitar el acceso de las personas con discapacidad.

Parágrafo

En ningún caso las adecuaciones a que hace referencia este artículo pueden ir en desmedro de la calidad o la responsabilidad de los prestadores de servicios de salud en la prestación de sus servicios.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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