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Article 4

º La Comisión Se Reunirá Por Lo Menos Una Vez Al Mes Y Tendrá Las Siguientes Funciones: A) Asesorar Al Ministerio De Justicia En La Formulación De Estrategias Y Programas Que Contribuyan A Mejorar Las Condiciones De Vida De Las Personas Recluidas En Establecimientos Carcelarios; B) Recomendar Al Gobierno Nacional La Adopción De Medidas Destinadas A Asegurar El Cumplimiento Integral De Los Fines Resocializadores De La Pena; C) Evaluar La Organización Y El Funcionamiento Del Sistema Carcelario Y Proponer Las Modificaciones Que Resulten Necesarias; D) Sugerir La Implementación De Mecanismos Orientados A La Defensa Y Protección De Los Derechos De Los Internos; E) Asesorar Al Ministerio De Justicia Sobre La Política Criminal En Materia Penitenciaria; F) Estudiar Las Necesidades De Los Centros De Reclusión Y Sugerir Soluciones; G) Estudiar Y Comentar El Anteproyecto De Código Carcelario Elaborado Por El Ministerio De Justicia; H) Estudiar Lo Relativo A Beneficios Penitenciarios Y Proponer La Adopción De Medidas En Esta Materia

Decreto 187 de 1992 · por el cual se crea una comisión de alto nivel para la formulación de una nueva política penitenciaria.

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01

Text of the article

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º La Comisión se reunirá por lo menos una vez al mes y tendrá las siguientes funciones

a)

Asesorar al Ministerio de Justicia en la formulación de estrategias y programas que contribuyan a mejorar las condiciones de vida de las personas recluidas en establecimientos carcelarios;

b)

Recomendar al Gobierno Nacional la adopción de medidas destinadas a asegurar el cumplimiento integral de los fines resocializadores de la pena;

c)

Evaluar la organización y el funcionamiento del sistema carcelario y proponer las modificaciones que resulten necesarias;

d)

Sugerir la implementación de mecanismos orientados a la defensa y protección de los derechos de los internos;

e)

Asesorar al Ministerio de Justicia sobre la política criminal en materia penitenciaria;

f)

Estudiar las necesidades de los centros de reclusión y sugerir soluciones;

g)

Estudiar y comentar el anteproyecto de Código Carcelario elaborado por el Ministerio de Justicia;

h)

Estudiar lo relativo a beneficios penitenciarios y proponer la adopción de medidas en esta materia.

Parágrafo

En lo que fuere responsabilidad de las autoridades nacionales; la Comisión podrá recomendar la adopción o implementación de medidas relacionadas con los colombianos que se encuentren privados de la libertad en cárceles del exterior.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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