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Article 6

Ley 398 de 1997 · por la cual se reglamenta el ejercicio de la Profesión de Administradores de Empresas Agropecuarias, Administradores Agrícolas o Administradores Agropecuarios y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º. Para obtener la matrícula profesional de Administrador de Empresas Agropecuarias, Administrador Agrícola o Administrador Agropecuario se deben llenar los siguientes requisitos:

a)

Ser nacional Colombiano en ejercicio de los Derechos ciudadanos o extranjeros domiciliados en el País con no menos de tres (3) años de anterioridad a la respectiva solicitud de matrícula o que en su defecto haya homologado el título de acuerdo con lo establecido en el artículo segundo de la presente ley;

b)

Acreditar el título profesional de Administrador de Empresas Agropecuarias, Administrador Agrícola o Administrador Agropecuario, obtenido en una Institución de Educación Superior reconocida y autorizada por el Estado para otorgarlo o con cualquiera otra de las alternativas consagradas en el artículo segundo de esta ley.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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