°. Para efectos de la realización de las pruebas técnicas y operación del nuevo proceso de compensación y control del recaudo, los operadores de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) y todos los actores involucrados en el proceso de recaudo y operación de la compensación, deberán remitir la información de las planillas de recaudo y demás información requerida por el Fosyga, en las condiciones señaladas en el Decreto 4023 de 2011 y de acuerdo con la información que para el efecto solicite el Ministerio de Salud y Protección. En el evento de que alguna entidad no cumpla con la entrega oportuna, completa y con la calidad requerida de los datos, se informará al órgano de vigilancia respectivo para que se adelanten las acciones y se impongan las sanciones que correspondan.
Article 2
Para Efectos De La Realización De Las Pruebas Técnicas Y Operación Del Nuevo Proceso De Compensación Y Control Del Recaudo, Los Operadores De La Planilla Integrada De Liquidación De Aportes (Pila) Y Todos Los Actores Involucrados En El Proceso De Recaudo Y Operación De La Compensación, Deberán Remitir La Información De Las Planillas De Recaudo Y Demás Información Requerida Por El Fosyga, En Las Condiciones Señaladas En El Decreto 4023 De 2011 Y De Acuerdo Con La Información Que Para El Efecto Solicite El Ministerio De Salud Y Protección
Decreto 1627 de 2012 · por el cual se prorrogan los términos fijados en el Decreto 4023 de 2011, prorrogados mediante el Decreto 825 de 2012 y se dictan otras disposiciones
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