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Article 3

º

Decreto 980 de 1995 · por el cual se crea la Comisión Nacional para la Seguridad de la Actividad del Transporte.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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º . La Comisión para la Seguridad de la Actividad del Transporte ejercerá las siguientes funciones: 1º. Determinar mediante investigaciones las causas de aquellos accidentes que se produzcan en los medios de transporte público y que presenten un alto índice de fatalidad y sus circunstancias relevantes para la ocurrencia de nuevos siniestros. 2º. Formular recomendaciones técnicas que mejoren la seguridad del transporte en sus diferentes modalidades y prevengan la ocurrencia de accidentes. 3º. Informar al Gobierno Nacional en el evento en que no se hayan adoptado por las autoridades competentes las recomendaciones formuladas y sugerirle las acciones a adelantar. 4º. Recomendar al Gobierno Nacional la formulación de políticas preventivas en materia de accidentes en los medios de transporte. 5º. Hacer estudios que permitan identificar las mayores causas de accidentabilidad en cada uno de los medios de transporte público y recomendar las acciones que se deben adelantar para evitar su ocurrencia. 6º. Dictar su propio reglamento.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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