Desde el primero de marzo de 1917 las Administraciones Principales de Correos y las Agencias Postales que tengan Oficinas Subalternas llevarán su contabilidad en dos libros a saber: Uno para los operaciones de ingresos y egresos de cualquier naturaleza, que se verifiquen en la Oficina, y otro de cuentas corrientes con las Oficinas Subalternas, para incorporar las operaciones propias de cada una de éstas y las del servicio entre la Administración Principal o Agencia Postal, y cada una de las Subalternas. A más de estos libros llevarán el de la Cuenta de Giros postales de acuerdo con el Decreto número 168 de 1917 ( 27 de enero).
Article 11
Desde El Primero De Marzo De 1917 Las Administraciones Principales De Correos Y Las Agencias Postales Que Tengan Oficinas Subalternas Llevarán Su Contabilidad En Dos Libros A Saber: Uno Para Los Operaciones De Ingresos Y Egresos De Cualquier Naturaleza, Que Se Verifiquen En La Oficina, Y Otro De Cuentas Corrientes Con Las Oficinas Subalternas, Para Incorporar Las Operaciones Propias De Cada Una De Éstas Y Las Del Servicio Entre La Administración Principal O Agencia Postal, Y Cada Una De Las Subalternas
Decreto 259 de 1917 · Por el cual se reglamenta la Ley 82 de 1916 y se organiza el servicio de Contabilidad en el ramo de Correos
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