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Article 1

Modifícase El Artículo 1° Del Decreto 1142 De 2009, El Cual Quedará Así: “ Artículo 1°

Decreto 2731 de 2009 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1142 de 2009.

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Text of the article

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°. Modifícase el artículo 1° del Decreto 1142 de 2009, el cual quedará así: “ Artículo 1°. Garantía de créditos destinados al mejoramiento de vivienda. El Banco de la República en su calidad de administrador de los recursos del Fondo de Reserva para la estabilización de Cartera Hipotecaria –FRECH–, y de acuerdo con las instrucciones que para el efecto reciba del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, podrá contratar al Fondo Nacional de Garantías para que este con cargo a los recursos del FRECH y hasta por un monto que no supere los doce mil quinientos millones de pesos ($12.500.000.000) garantice operaciones realizadas por los establecimientos de crédito, dirigidas a financiar el mejoramiento de vivienda. Para tal efecto, mensualmente el Fondo Nacional de Garantías deberá informar al Banco de la República, el monto de los recursos que este debe girar del FRECH por concepto del otorgamiento de la garantía contratada en los términos de este decreto”.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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