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Article 4

La Demarcación De Esté Perímetro, Dentro Del Cual Se Observará El Aislamiento De Los Enfermos Y Al Cual Es Prohibido Penetrar A Los Particulares Sanos Que No Tengan Funciones En El Leprosorio, Se Señalará Por Medio De Postes Que Llevarán Una Tablilla Pintada De Rojo, Que Se Colocarán A Veinte (20) Metros De Distancias Uno De Otro

Decreto 64 de 1921 · Por el cual se amplía el perímetro dentro del cual debe observarse el aislamiento de los enfermos en el Lazareto de Agua de Dios

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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º. La demarcación de esté perímetro, dentro del cual se observará el aislamiento de los enfermos y al cual es prohibido penetrar a los particulares sanos que no tengan funciones en el Leprosorio, se señalará por medio de postes que llevarán una tablilla pintada de rojo, que se colocarán a veinte (20) metros de distancias uno de otro.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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