Garantía para el pago de las obligaciones pensionales. Los activos del Banco del Estado S. A., en Liquidación, destinados al pago de los pasivos pensionales conservarán tal destino y no formarán parte de la masa de liquidación. En todo caso, los pasivos pensionales y laborales deberán pagarse preferencialmente de conformidad con las normas legales sobre prelación de créditos. El Fondo de Garantías de Instituciones Financieras asumirá, una vez entre en vigencia el presente decreto y se agoten los recursos del Banco del Estado S. A., en Liquidación, la parte no cubierta de las obligaciones pensionales del mismo.
Decreto 2525 de 2005 →In force
Article 12
Decreto 2525 de 2005 · por el cual se ordena la disolución y liquidación del Banco del Estado S. A.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.