Articulo 34 . Reserva . Ningún miembro de la Junta Directiva, funcionario o trabajador de la Zona Franca podrá revelar planes, programas, proyectos o actos que se encuentren en estudio o en proceso de adopción, salvo que la Junta Directiva o el Gerente haya autorizado la información. La violación de esta norma se tendrá como causal de mala conducta sancionable conforme a la ley. Todo infor me sobre asuntos resueltos o adoptados que deba ponerse en conocimiento del público en general o de personas en particular, así como la información que se dé a éstas sobre el trámite o estado de sus negocios, se suministrará conforme a la reglamentación legal o con la autorización en cada caso concreto, del funcionario correspondiente.
Decreto 1653 de 1982 →In force
Article 34
Decreto 1653 de 1982 · Por el cual se dictan los estatutos orgánicos de las Zonas Francas de Barranquilla, Manuel Carvajal Sinisterra, Cartagena, Santa Marta, Cúcuta y Buenaventura
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.