JurídicoESEN

Article 22

Decreto 786 de 1985 · Por el cual se reglamenta el Decreto extraordinario 2400 de 1968 y el Decreto Legislativo 400 de 1983

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Concepto del investigador. Dictado el auto de cierre del período probatorio y dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, el investigador emitirá concepto sobre la investigación adelantada, ante el Jefe de la dependencia investigadora o el funcionario competente. En la rendición del concepto, el funcionario investigador observara las siguientes reglas

1.

Se determinarán de manera clara y precisa los hechos u omisiones que objetivamente aparezcan en la averiguación, según las pruebas legalmente aportadas.

2.

Se señalarán las disposiciones legales que se consideren infringidas y que sean aplicables al caso.

3.

Se analizarán las explicaciones dadas por el investigador o su abogado y se evaluarán las pruebas recaudadas con el fin de conceptuar sobre la responsabilidad a que hubiere lugar.

4.

Se calificará provisionalmente la falta y se analizarán las circunstancias agravantes y/o atenuantes, emitiéndose concepto sobre la sanción o si fuere del caso, se propondrá la exoneración pertinente.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 786 de 1985