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Article 8

Dejará De Incluirse El Descuento Del 2 Por 100 En Las Respectivas Relaciones, A Todos Aquellos Suboficiales Que Tengan Radicado Su Sueldo En La Pagaduría Del Ministerio De Guerra O En Los Institutos De Educación Militar (Escuela Militar Y Escuelas De Aplicación), En Las Cuales Se Harán Figurar Como Presentes Con El Descuento Correspondiente

Decreto 1140 de 1937 · Por medio del cual se reglamenta el artículo 17 de la Ley 3a de 1937, en relación con otras disposiciones de la misma Ley

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01

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º. Dejará de incluirse el descuento del 2 por 100 en las respectivas relaciones, a todos aquellos Suboficiales que tengan radicado su sueldo en la Pagaduría del Ministerio de Guerra o en los institutos de educación militar (Escuela Militar y Escuelas de Aplicación), en las cuales se harán figurar como presentes con el descuento correspondiente. Tampoco se incluirán con descuento, los Suboficiales que hayan ingresado al hospital Militar Central de Bogotá, los cuales se incluyen en la relación especial de "personal militar hospitalizado" de la Escuela de Aplicación, de acuerdo con los disposiciones pertinentes.

Parágrafo

Los Suboficiales comprendidos en el artículo precedente figurarán en las relaciones del 2 por 100 de las unidades o reparticiones a que efectivamente pertenecen, en el lugar que les corresponda por orden alfabético, pero no se les anotará suma alguna Por sueldo devengado ni por descuento Para la Caja.

02

Constitutional history

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