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Article 43

Insuficiencia Del Bien Constituido Como Patrimonio De Familia Inembargable O Afectado A Vivienda Familiar

Decreto 2677 de 2012 · por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Código General del Proceso sobre los Procedimientos de Insolvencia de la Persona Natural no Comerciante y se dictan otras disposiciones

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Text of the article

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Insuficiencia del bien constituido como patrimonio de familia inembargable o afectado a vivienda familiar. De quedar saldos insolutos una vez adjudicada la garantía, estos serán pagados con la masa de la liquidación, respetando el orden de prelación de créditos y la igualdad con los demás acreedores involucrados. Si con posterioridad a la adjudicación de los bienes de la masa de la liquidación subsistieren saldos insolutos, procederán los efectos dispuestos en el numeral 1 del artículo 571 del Código General del Proceso.

02

Constitutional history

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