Artículo vigesimosegundo. De acuerdo con el literal e) del artículo 9º de la Ley 53 de 1975, el Consejo Profesional de Química propondrá al Gobierno Nacional las normas de ética profesional con miras a mejorar el ejercicio profesional y fijar de modo claro y preciso las obligaciones del químico para consigo mismo, con su profesión, con el país y con la comunidad nacional y universal. Además, ejercerá funciones disciplinarias con arreglo a dicho código.
Article 22
De La Ley 53 De 1975, El Consejo Profesional De Química Propondrá Al Gobierno Nacional Las Normas De Ética Profesional Con Miras A Mejorar El Ejercicio Profesional Y Fijar De Modo Claro Y Preciso Las Obligaciones Del Químico Para Consigo Mismo, Con Su Profesión, Con El País Y Con La Comunidad Nacional Y Universal
Decreto 2616 de 1982 · Por el cual se reglamenta la Ley 53 de 1975 sobre el ejercicio de la profesión de químico
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