º. El personal del Ministerio de Defensa,las Fuerzas Militares de la Policía Nacional y del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, que presente sus servicios en comisión en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, bien sea enla Casa Militar o en la Secretaría para la Seguridad del Presidente, percibirán a título de bonificación especial no constitutiva de factor salarial, una asignación mensual adicional equivalente al 60% del sueldo básico mensual. En iguales condiciones, tendrán derecho a la bonificación contenida en este artículo, los soldados efectivos que presten el servicio en el Palacio Presidencial-Casa de Nariño. Para tener derecho al reconocimiento y pago de la bonificación, el personal debe haber prestado el servicio total o parcialmente en jornadas de trabajos extras diurnas o nocturnas y previa certificación del Secretario para la Seguridad del Presidente, sobre la prestación del servicio o del Jefe de la Casa Militar de Palacio, en cada caso. El número de personas en comisión será determinadode acuerdo con las necesidades del servicio, por la Subdirección del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, en coordinación con el Jefe de Casa Militar y el Secretario para la seguridad del Presidente, previa la expedición de la disponibilidad presupuestal que ampare la existencia de recursos para el pagode la bonificación.
Decreto 2169 de 1995 →In force
Article 1
º
Decreto 2169 de 1995 · por el cual se establece una bonificación especial.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
supplemented (parágrafo) by decreto 2317/01 amended (parágrafo) by decreto 1964/12 amended by decreto 1794/12 amended (inciso 1) by decreto 846/12
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.