º Los títulos de deuda pública interna autorizados en los artículos 1º, 3º y 7º del presente Decreto, estarán destinados a sustituir en su totalidad, a partir del 1º de enero de 1991 y en las cuantías respectivas, los Bonos de Valor Constante para Seguridad Social, BVC, de los Decretos 687 de 1967 y 1935 de 1973, representativos de los recursos transferidos al BCH.
Article 9
Los Títulos De Deuda Pública Interna Autorizados En Los Artículos 1º, 3º Y 7º Del Presente Decreto, Estarán Destinados A Sustituir En Su Totalidad, A Partir Del 1º De Enero De 1991 Y En Las Cuantías Respectivas, Los Bonos De Valor Constante Para Seguridad Social, Bvc, De Los Decretos 687 De 1967 Y 1935 De 1973, Representativos De Los Recursos Transferidos Al Bch
Decreto 2882 de 1991 · por el cual se autoriza la emisión de los Títulos de Deuda Pública Interna de que tratan los artículos 6° y 8° de la Ley 48 de 1990.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.