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Article 17

Decreto 2920 de 1982 · Por el cual se dictan normas para asegurar la confianza del público en el sector financiero colombiano

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Para el ejercicio de la facultad de nacionalizar, el Gobierno procederá a expedir, en cada caso, las resoluciones ejecutivas correspondientes. La sela. Publicación de éstas en los periódicos privados de circulación nacional surtirá todos los efectos legales relacionados, con los obligaciones que la ley impone a los comerciantes ,entre ellas la del registro mercantil de reformas estatutarias y otros actos de comercio. Así mismo, la expedición y publicación de la resolución suplirá las formalidades exigidas para la autenticidad, publicidad y prueba de los distintos actos jurídicos necesarios para la modificación y transformación de estas sociedades; todo ello sin perjuicio de que los administradores den cumplimiento a tales exigencias legales, dentro del plazo que para efecto establezca el Gobierno. Todos los actos y operaciones de la Nación y de las instituciones financieras a que de lugar el presente decreto, no causará gravamen derecho fiscal alguno; los particulares, sin embargo quedarán gravados en la forma prevista en las leyes.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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