° Declárase que hay motivo de utilidad pública e interés social para decretar la expropiación de todos los bienes y derechos comprendidos dentro de la zona delimitada en el artículo primero de este Decreto. Las expropiaciones a que hubiere lugar de conformidad con este artículo, se llevarán a cabo mediante los trámites establecidos en el Decreto 407 de 1949, y las acciones respectivas podrán ser intentadas por el Ministerio de Agricultura y Ganadería o por el Banco de la República, como concesionario de la Nación para la explotación de las Salinas Nacionales.
Decreto 623 de 1951 →In force
Article 4
Declárase Que Hay Motivo De Utilidad Pública E Interés Social Para Decretar La Expropiación De Todos Los Bienes Y Derechos Comprendidos Dentro De La Zona Delimitada En El Artículo Primero De Este Decreto
Decreto 623 de 1951 · Por el cual se establece una reserva especial de tierras y se dan al respecto unas autorizaciones al Banco de la República, como concesionario de las Salinas Nacionales
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01
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02
Constitutional history
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