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Article 4

Modifíquese El Artículo 2

Decreto 826 de 2020 · Por el cual se adiciona y modifica el Decreto 1082 de 2015 en lo relacionado con el pago a destinatario final del Sistema General de Regalías y se dictan otras disposiciones"

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01

Text of the article

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Modifíquese el artículo 2.2.4.1.2.1.7. del Decreto 1082 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional , el cual quedará así: Artículo 2.2.4.1.2.1.7. Rendimientos Financieros de la Cuenta Única del Sistema General de Regalías. Los rendimientos financieros diferentes de asignaciones directas que generen los recursos del SGR en la Cuenta Única, son propiedad del sistema y serán incorporados en el presupuesto en la vigencia siguiente a aquella que les dio origen, conforme a la distribución establecida en la normatividad vigente. Los rendimientos financieros que generen los recursos de asignaciones directas en la Cuenta Única del Sistema serán de propiedad de las entidades beneficiarias, se incorporarán en el presupuesto del Sistema General de Regalías del siguiente bienio para cada una de dichas entidades y deberán destinarse a las mismas finalidades definidas por la Constitución Política y la ley.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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