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Article 7

Incumplimiento Tratamientos Médicos

Decreto 3049 de 1981 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto número 1836 de 1979, que determina las normas relativas a la capacidad sicofísica, las incapacidades, invalideces e indemnizaciones del personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, Soldados, Grumetes, Agentes, Alumnos de las Escuelas de Formación y Personal Civil del Ministerio Defensa y de la Policía Nacional

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Text of the article

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°. Incumplimiento tratamientos médicos . El personal al servicio de las Fuezas Militares o de la Policía Nacional que no concurra o incumpla con los tratamientos prescritos sin causa justificada, perderá el derecho a tales tratamientos y a los beneficios y prestaciones originados por las lesiones o enfermedades adquiridas por las cuales está siendo tratado. De tales irregularidades los Oficiales de Sanidad deben informar por escrito y dejar constancia en la historia médico-personal del interesado. CAPITULO II Exámenes sicofísicos de reclutamiento, incorporación, comprobación y licenciamiento

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Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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