JurídicoESEN

Article 5

El Avaluó De Los Daños Que Se Causen En Las Propiedades Con Motivo De Los Estudios Previos Que Sea Necesario Practicar En Ellas Para Determinar Las Zona Que Haya De Ocupar Un Camino De Los Á Que Se Refiere Este Decreto, Se Hará Por Tres Perito Que Serán Nombrados Uno Por El Gobierno, Otro Por El Interesado Y Un Tercero Que Designarán Los Dos Principales Antes De Ocurrir El Caso De Discordia Que Él Deba Decidir

Decreto 796 de 1889 · Que determina los derechos del Gobierno en las vías declaradas de utilidad pública y reglamenta el procedimiento para la expropiación

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º. El avaluó de los daños que se causen en las propiedades con motivo de los estudios previos que sea necesario practicar en ellas para determinar las zona que haya de ocupar un camino de los á que se refiere este decreto, se hará por tres perito que serán nombrados uno por el Gobierno, otro por el Interesado y un tercero que designarán los dos principales antes de ocurrir el caso de discordia que él deba decidir.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 796 de 1889